Reagrupación familiar en España: evita sanciones penales por prácticas fraudulentas

Feb 4, 2026

Muchas familias que desean reagruparse en España reciben información incorrecta o son víctimas de asesoramiento fraudulento sobre cómo llevar a cabo este proceso. Entre las prácticas irregulares detectadas por las autoridades se encuentra el abandono temporal de menores como estrategia para acceder a la reagrupación familiar, una conducta que constituye varios delitos penales.

Qué es la reagrupación familiar

La reagrupación familiar consiste en el derecho de las personas extranjeras que residen legalmente en el país a traer a sus familiares, ya sean cónyuges, hijos o progenitores, favoreciendo de esta manera la unidad familiar.

La reagrupación familiar es un derecho que se encuentra recogido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, y al tratarse de un derecho muy importante en materia de extranjería, ha experimentado diversas reformas a lo largo del tiempo, culminando en la entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, que regula todos los derechos y libertades acerca de la integración social de los extranjeros en España.

Los diferentes tipos de reagrupación

Con la última reforma del reglamento de extranjería, se pretende aclarar los diferentes regímenes existentes que se podrían aplicar a los solicitantes del derecho de reagrupación, teniendo en cuenta las características tanto del reagrupante como del familiar. Existen tres tipos de casos en los que se podría gozar del mencionado derecho:

  • Régimen general: aplicable a extranjeros extracomunitarios con residencia legal en España que desean integrar a parientes extracomunitarios también, es decir, todos aquellos que no porten una nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea, y por esa razón es uno de los regímenes con los requisitos más exigentes.
  • Estatuto de familiar de un nacional español: pensado para familiares de ciudadanos españoles que no han residido en otros Estados de la Unión Europea, es una novedad que busca sustituir la práctica del arraigo familiar en estos casos.
  • Régimen comunitario: aplicable a aquellos familiares de ciudadanos que sí disponen de una nacionalidad de un Estado de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

El proceso de reagrupación familiar cuenta con procedimientos claros y accesibles. El reagrupante debe cumplir requisitos de residencia legal, medios económicos suficientes y vivienda adecuada. Con la documentación correcta y asesoramiento especializado, la reagrupación puede tramitarse sin riesgos legales.

Prácticas irregulares detectadas en algunos procesos

A pesar de la existencia de vías legales para la reagrupación familiar, las autoridades han detectado casos en los que menores con visado de turismo tipo C son abandonados en territorio español, declarándose posteriormente su situación de desamparo ante las comisarías.

Este procedimiento irregular busca que el Estado asuma los gastos de manutención, educación y salud del menor, mientras se facilita una futura reagrupación familiar con los progenitores. Esta práctica constituye fraude a la administración y conlleva responsabilidades penales.

Consecuencias legales y personales de estas conductas

Estos casos se consideran ilícitos, ya que además de existir el abandono de un menor, también se favorece la inmigración ilegal y el fraude a la administración.
Existen tres leyes en el Código Penal que se estarían infringiendo con esta práctica:

  • Abandono de un menor: el artículo 229 del Código Penal castiga el abandono de un menor por parte de quien tiene el deber legal de cuidarlo con una pena de prisión de una a dos años o multa de 6 a 24 meses. 
  • Fraude a la administración: en este apartado podrían entrar los delitos relacionados con la falsedad de datos o documentos para lograr que el menor llegue al país y pueda optar a dicha reagrupación, que se castiga en el artículo 392 del Código Penal con una pena de prisión de seis meses a un año y multa de tres a seis meses.
  • Favorecer la inmigración ilegal: esta conducta forma parte de los delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros en el Código Penal. Concretamente, el artículo 318 castiga a las personas que intencionadamente ayuden a otros no nacionales vulnerando la legislación en relación con las entradas y tránsito de los extranjeros en el país, con una pena de prisión de 3 meses a 1 año y multa de 3 a 12 meses.

La importancia de contar con un abogado

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