Reagrupación familiar en España: pasos, plazos y documentación actualizada

Ago 28, 2023

La reagrupación familiar es sin duda un proceso a tener en cuenta por todos aquellos extranjeros que desean residir con sus familiares cercanos en España. A continuación enumeramos los pasos a seguir para solicitar la reagrupación en España este 2023 y la documentación actualizada requerida para completar dicho proceso.

Pasos y plazos para solicitar la reagrupación familiar correctamente

Los pasos a seguir para solicitar la reagrupación familiar son los siguientes:

  1. El reagrupante debe dirigirse a la oficina de Extranjería de la provincia en la que reside a solicitar la autorización. 
  2. Tras presentar la solicitud deberá abonar la tasa correspondiente y esperar a la aprobación. El proceso de aprobación de la solicitud toma entre 45 y 90 días. 
  3. El reagrupado debe iniciar a tramitar el visado correspondiente en el consulado de España de su país de origen. Es importante que tenga en su poder toda la documentación necesaria para agilizar el proceso, ya que cuenta con un plazo de 2 meses para comenzar este proceso desde la aprobación de la solicitud de reagrupación familiar. Una vez aprobado el visado tiene un plazo de otros 2 meses para recogerlo.
  4. Una vez tenga el visado en su poder, el reagrupado dispone de 3 meses para entrar en el país. 
  5. El último paso es solicitar la TIE (Tarjeta de identidad de extranjeros) a lo largo del primer mes de estancia en España. 

Documentación de reagrupación familiar 2023 en España

Los documentos que vas a necesitar para solicitar la reagrupación familiar son los siguientes:

  • Copia del documento acreditativo de identidad (pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción) en vigor, tanto del solicitante como del reagrupado.
  • Impreso de solicitud (modelo EX-02) por duplicado, rellenado y firmado por el solicitante. Los documentos deben estar en castellano o traducidos al castellano o a la lengua cooficial de forma correcta.
  • Certificado de salud.
  • Copia de los documentos acreditativos de que el reagrupante posee empleo y recursos económicos suficientes, es decir, contrato de trabajo y declaración del IRPF. Además de comprobante de seguro de salud privado o asistencia sanitaria.
  • Documentos que acrediten que el solicitante dispone de vivienda adecuada.
  • Copia de los documentos que acrediten el parentesco, o la existencia de unión de hecho o representación, entre reagrupante y reagrupado.
  • Además de ciertos documentos extra según el tipo de parentesco.
    • Cuando el reagrupado es cónyuge o pareja de hecho:
      • Declaración jurada de que no reside en España con otra persona con la cual mantiene un vínculo de pareja
      • En caso de estar casado en segundas nupcias o estar divorciado, resolución judicial de la situación respecto al cónyuge anterior.
    • Cuando el reagrupado es descendiente:
      • Acreditación de poseer la patria potestad o la custodia del menor o la autorización otorgada por el otro progenitor a que este resida en España
      • Resolución de adopción cuando se trata de hijos adoptivos
    • Cuando el reagrupado es ascendiente:
      • Documentos que acrediten la capacidad de abastecer económicamente por lo menos un año al reagrupado.
      • Acreditación que justifique las razones por las que se solicita la reunificación familiar del ascendente.

¿Qué tasa hay que pagar por reagrupación familiar?

Con respecto a la tasa que se debe abonar, se trata del Modelo 790: código 052, Epígrafe 2.1 Autorización inicial de residencia temporal. Y deberá ser abonada en un plazo máximo de 10 días a contar desde el momento en que se admita a trámite la solicitud.

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